¿Te despidieron teniendo fuero?
El fuero laboral es una protección que impide al empleador despedir al trabajador sin autorización previa del tribunal. Si te despidieron teniendo fuero sin esa autorización, el despido puede ser impugnado.
Podrías tener un caso si...
- Eres dirigente sindical o trabajador con fuero
- Te despidieron sin desafuero judicial previo
- Estás embarazada o fuiste despedida estando embarazada
- Eres trabajador con fuero maternal
Qué dice la ley
El empleador no puede poner término al contrato de un trabajador sujeto a fuero sin autorización judicial previa. El tribunal solo puede conceder el desafuero por las causales permitidas por el artículo 174. Cuando la ley exige autorización judicial previa y el empleador termina el contrato sin obtenerla, el término puede quedar sin efecto y puede proceder la reincorporación y el pago de remuneraciones y beneficios, según el régimen de fuero aplicable. La reincorporación es un remedio especialmente contemplado en los despidos contrarios al fuero; no se limita a la tutela por despido.
Código del Trabajo, art. 174 — LeyChile
Qué podría reclamarse
Lo siguiente es referencial. No garantiza un resultado. Lo que efectivamente corresponda depende de los antecedentes de tu caso.
- Reincorporación o pago de remuneraciones según el tipo de fuero y la calificación judicial
- Indemnización sustitutiva cuando proceda conforme a las reglas aplicables
- Indemnizaciones adicionales según el caso
Importante: existen plazos para reclamar
La acción se ejerce dentro de 60 días hábiles desde la separación; un reclamo administrativo oportuno puede suspender el plazo, con un límite máximo legal. En casos de fuero maternal, el plazo aplicable debe revisarse según los antecedentes. Conviene actuar con prontitud.
¿Qué antecedentes deberías guardar?
Conserva estos antecedentes. Podrían ser relevantes para evaluar tu caso.
¿Qué debes hacer ahora?
- 1Verifica si tienes fuero y reúne la documentación
- 2Guarda la carta de despido
- 3No firmes finiquito sin asesoría
- 4Solicita una evaluación profesional a la brevedad
Preguntas frecuentes
Casos y problemas relacionados
Fuentes y verificación
Contenido revisado: 2026-08-28
- Código del Trabajo, art. 174 — Ver en LeyChile (verificación: 2026-08-28)
La legislación y los criterios administrativos o judiciales pueden cambiar. Esta información es general y no reemplaza una asesoría jurídica personalizada.
