Saltar al contenido principal
    Despido

    ¿Tu situación permite autodespido?

    Importante: el autodespido no significa simplemente dejar de ir a trabajar o renunciar. Es un mecanismo legal del artículo 171 del Código del Trabajo que requiere que el empleador haya incurrido en un incumplimiento grave de sus obligaciones. No abandones tu trabajo pensando que eso por sí solo constituye autodespido. Antes de tomar cualquier decisión, revisa tu situación con un profesional.

    Podrías tener un caso si...

    • El empleador no te paga remuneraciones
    • El empleador cambió unilateralmente tus condiciones de trabajo
    • El empleador vulneró tus derechos fundamentales
    • El incumplimiento del empleador es grave

    Qué dice la ley

    Qué podría reclamarse

    Lo siguiente es referencial. No garantiza un resultado. Lo que efectivamente corresponda depende de los antecedentes de tu caso.

    • Indemnización por años de servicio, con posible aumento de 50% (art. 160 N° 7) o hasta 80% (arts. 160 N° 1 y N° 5) si se acoge judicialmente
    • Indemnización sustitutiva del aviso previo
    • Remuneraciones pendientes
    • Acciones de tutela si hay vulneración de derechos

    Importante: existen plazos para reclamar

    La acción debe ejercerse dentro de 60 días hábiles desde la terminación. El reclamo administrativo puede suspender el plazo en la forma prevista por el artículo 168, con el límite máximo legal. El autodespido debe invocar la causal al momento del cese; no basta con dejar de asistir. Sus efectos deben ser declarados judicialmente si son controvertidos.

    ¿Qué antecedentes deberías guardar?

    Conserva estos antecedentes. Podrían ser relevantes para evaluar tu caso.

    Comunicaciones que acrediten el incumplimiento del empleador
    Liquidaciones de sueldo
    Contrato de trabajo
    Registros de los cambios o faltas del empleador

    ¿Qué debes hacer ahora?

    1. 1No tomes decisiones sin asesoría profesional
    2. 2Documenta el incumplimiento del empleador
    3. 3Reúne comunicaciones y antecedentes
    4. 4Solicita una evaluación de tu situación antes de actuar

    Preguntas frecuentes

    Fuentes y verificación

    La legislación y los criterios administrativos o judiciales pueden cambiar. Esta información es general y no reemplaza una asesoría jurídica personalizada.

    Evaluar mi caso