¿Tu empleador cambió tus condiciones de trabajo?
El empleador no puede modificar unilateralmente el contrato sin acuerdo del trabajador. Los cambios de funciones, horario, lugar de trabajo o remuneración pueden configurar incumplimiento grave y, en algunos casos, vulneración de derechos.
Podrías tener un caso si...
- Te cambiaron las funciones sin tu acuerdo
- Te modificaron el horario o el lugar de trabajo
- Te bajaron el sueldo sin justificación
- Los cambios afectan tus condiciones esenciales
Qué dice la ley
El artículo 10 del Código del Trabajo define las estipulaciones del contrato. El artículo 12 permite modificar la jornada solo en casos calificados. El ius variandi tiene límites; los cambios esenciales sin acuerdo pueden configurar incumplimiento del artículo 171 o tutela laboral del artículo 485.
Código del Trabajo, arts. 10, 12, 171 y 485 — LeyChile
Qué podría reclamarse
Lo siguiente es referencial. No garantiza un resultado. Lo que efectivamente corresponda depende de los antecedentes de tu caso.
- Autodespido si el cambio es un incumplimiento grave
- Tutela laboral si el cambio vulnera derechos fundamentales
- Reposición de las condiciones contractuales
- Indemnizaciones según el caso
Importante: existen plazos para reclamar
La acción de tutela laboral se ejerce dentro de 60 días hábiles desde que se produce la vulneración o desde que cesa. El autodespido debe ejercerse dentro de 60 días hábiles desde la terminación. Conviene actuar con prontitud.
¿Qué antecedentes deberías guardar?
Conserva estos antecedentes. Podrían ser relevantes para evaluar tu caso.
¿Qué debes hacer ahora?
- 1Documenta los cambios que realizó el empleador
- 2Guarda las comunicaciones que los acrediten
- 3Documenta el cambio, conserva las comunicaciones y solicita orientación antes de adoptar decisiones que puedan afectar la continuidad del contrato
- 4Solicita una evaluación profesional de tu caso
Preguntas frecuentes
Casos y problemas relacionados
Fuentes y verificación
Contenido revisado: 2026-08-28
- Código del Trabajo, art. 10 — Ver en LeyChile (verificación: 2026-08-28)
- Código del Trabajo, art. 12 — Ver en LeyChile (verificación: 2026-08-28)
- Código del Trabajo, art. 485 — Ver en LeyChile (verificación: 2026-08-28)
La legislación y los criterios administrativos o judiciales pueden cambiar. Esta información es general y no reemplaza una asesoría jurídica personalizada.
